Guía sobre ayuda para la vivienda: información sobre la prohibición de desalojos por motivos de salud pública y el alivio hipotecario temporal
Prohibición de desalojos por salud pública
El Centro para el Control de Enfermedades (CDC) ha emitido una orden titulada “Detención temporal de los desalojos residenciales para prevenir una mayor propagación de COVID-19, 85 Fed. Reg. 55,292 ”, que prohíbe temporalmente el desalojo de personas residenciales cubiertas. Esta restricción cubre el período de tiempo desde el 4/9/20 hasta el 31/12/20.
¿Cuáles son las calificaciones para estar cubierto? Según la orden de los CDC:
● El individuo ha hecho todo lo posible para obtener toda la asistencia gubernamental disponible para alquiler o vivienda;
● El individuo (i) espera ganar no más de $ 99,000 en ingresos anuales para el año calendario 2020 (o no más de $ 198,000 si presenta una declaración de impuestos conjunta), (ii) no estaba obligado a informar ningún ingreso en 2019 a los EE. UU. Internal Revenue Service, o (iii) recibió un Pago de Impacto Económico (cheque de estímulo) de conformidad con la Sección 2201 de la Ley CARES;
● La persona no puede pagar el alquiler completo o hacer el pago completo de la vivienda debido a una pérdida sustancial de ingresos familiares, pérdida de horas de trabajo o salarios compensables, despido o gastos médicos extraordinarios de su bolsillo;
● La persona está haciendo todo lo posible para realizar pagos parciales oportunos que se acerquen al pago total tanto como lo permitan las circunstancias de la persona, considerando otros gastos no discrecionales; y
● El desalojo probablemente dejaría a la persona sin hogar, o obligaría a la persona a mudarse y vivir en espacios reducidos en un nuevo entorno de convivencia o congregación, porque la persona no tiene otras opciones de vivienda disponibles.
¿Qué documentación debo proporcionar a mi arrendador?
● Imprima y firme esta Declaración de los CDC: https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/downloads/declaration-form.pdf
● Puede traducir el documento.
● No se requiere el uso del documento CDC. Puede escribir el suyo, siempre que contenga la misma información relevante. Esencialmente, es solo una reafirmación de todos los requisitos enumerados para la cobertura. Consulte el formulario de declaración de los CDC anterior.
Notas importantes
● Las personas cubiertas eventualmente deberán pagar el alquiler pendiente a sus propietarios, este no es un programa de condonación de alquiler.
● El gobierno federal hará cumplir esta Orden mediante el enjuiciamiento de violaciones por parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
Para cualquier pregunta adicional, consulte este documento de preguntas frecuentes proporcionado por los CDC: https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/downloads/eviction-moratoria-order-faqs.pdf
Alivio hipotecario temporal
La Ley de Coronavirus, Ayuda, Alivio y Seguridad Económica ( Ley CARES) ordena a los prestamistas que tienen hipotecas respaldadas por el gobierno federal que suspendan los pagos de los prestatarios hasta por un máximo de 360 días si han experimentado dificultades financieras debido al brote de Coronavirus.
Las hipotecas que califiquen deben estar respaldadas por el gobierno federal o ser proporcionadas por una empresa patrocinada por el gobierno para calificar. Éstas incluyen:
● Asegurado por la Administración Federal de Vivienda (FHA)
● Asegurado en virtud de la sección 255 de la Ley Nacional de Vivienda, que incluye hipotecas de conversión con garantía hipotecaria administradas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD).
● Garantizado bajo la sección 184 o 184A de la Ley de Vivienda y Desarrollo Comunitario de 1992, que se dirige a las familias indias y la vivienda hawaiana.
● Garantizado o asegurado por el Departamento de Asuntos de Veteranos
● Garantizado, asegurado o hecho por el Departamento de Agricultura
● Adquirido o bursatilizado por Federal Home Loan Mortgage Corporation (Freddie Mac) o Federal National Mortgage Association (Fannie Mae)
¿Cómo puedo saber si mi préstamo está respaldado por el gobierno federal?
● Comuníquese con su administrador hipotecario. Se requiere que su administrador le diga quién es el propietario de su hipoteca y le proporcione el nombre, la dirección y el número de teléfono de quien sea el propietario de su hipoteca.
● Utilice herramientas en línea proporcionadas por Fannie Mae o Freddie Mac (consulte los enlaces a su sitio web a continuación) ○ https://www.knowyouroptions.com/loanlookup (herramienta de búsqueda de Fannie Mae) ○ https://ww3.freddiemac.com/loanlookup/ (Herramienta de búsqueda de Freddie Mac)
● Visite el sitio web de Mortgage Electronic Registration Systems (MERS) para encontrar su administrador si no sabe quién es: https://www.mersinc.org/homeowners/mers-servicerid
¿Tengo que devolver los pagos pausados o atrasados?
● Sí, la ley CARES dice que cualquier prestatario residencial que enfrente dificultades financieras como resultado de la pandemia de COVID-19 puede recibir una tolerancia. La indulgencia se define como pausar o reducir los pagos realizados en una hipoteca, con la intención de devolverla.
¿Cuánto tiempo dura este programa y cómo obtengo alivio?
● Un prestatario residencial puede solicitar la condonación de pagos durante 180 días, luego debe solicitar 180 días adicionales (alivio potencial de 360 días).
● Para solicitar una extensión de indulgencia, debe comunicarse con la entidad administradora de sus préstamos para solicitar esta extensión de indulgencia. La extensión no es automática. No necesita presentar documentación adicional que no sea su reclamo para tener dificultades financieras relacionadas con la pandemia.
¿Existen sanciones asociadas con este programa de indulgencia?
● No. No se agregarán tarifas, multas o intereses adicionales (más allá de los montos programados) a su cuenta.
● Tampoco se supone que los prestamistas le informen sobre pagos atrasados o atrasados a las agencias de crédito, por lo tanto, esto no debería afectar su puntaje crediticio.